EMPRESAS
Se entienden de recepción obligatoria el servicio prestado a todos los establecimientos comerciales, industriales, profesionales o de otros usos que estén en condiciones de habitabilidad o utilización con independencia de que estén o no, habitados o utilizados.
A QUIÉN ESTA DIRIGIDO
Responderán solidariamente de las obligaciones tributarias del sujeto pasivo las personas físicas y jurídicas a las que se refiren los artículos 38.1 y 39 de la Ley General Tributaria. Serán responsables subsidiarios los administradores de las sociedades y los síndicatos, interventores o liquidadores de quiebras, concursos, sociedades y entidades en general, en los supuestos con alcance que señala el artículo 40 de la Ley General Tributaria.
COMO DARSE DE ALTA
Documentación necesaria:
COMO DARSE DE BAJA: acompañar la solicitud de un certificado que acredite que se ha producido la baja en el Impuesto de Actividades Económicas.
CAMBIO DE DATOS:acompañar la solicitud con la documentación necesaria que acredite que aqlgún dato ha sido modificado.
Se entiende como declaración de alta en esta tasa a la correspoindente declaración de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas, teniendo efectos al semestre siguiente desde la fecha declarada de comienzo de actividad.
Los documentos de cambio de titularidad así como de concesión de licencia de actividades surtirán los efectos de notificación de alta en el Padrón de la Taxa de Basura, no siendo precisa la notificación individual de la liquidación.
OFICINA
CONSORCIO AS MARIÑAS
Servicios Económicos- Tasa
Planta Baja
Lugar de Bos. Naves O Carballal, 4
15640 Guisamo Bergondo
Teléfono: 981784704
E-mail: info@consorcioam.org
Horario: De 9:00 a 14:00 horas.